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A través de la página del Ministerio de la Presidencia los ciudadanos pueden
acceder a una cita previa para la presentación de solicitudes en las oficinas de
extranjería.
Una vez confirmada la cita, se puede imprimir el justificante en el que se
indica el día y la hora y la Mesa que se le atenderá. Ese justificante, puede
llevarlo el día de la cita para poder comprobar sus datos con mayor
facilidad. Es necesario que el ciudadano que acude a la cita, lleve toda la
documentación necesaria correspondiente a la solicitud, con el impreso
correspondiente cumplimentado, con original y una copia. Igualmente, es
recomendable que consulte con la Oficina o Unidad de Extranjeros de la provincia
correspondiente cual es la documentación específica requerida en su caso.
- AUTORIZACIONES DE TRABAJO Y RESIDENCIA POR CUENTA AJENA
INICIAL La solicitud debe ser realizada por el empleador o su
representante autorizado. - AUTORIZACIONES DE REAGRUPACIÓN
FAMILIAR La solicitud de cita debe ser realizada por el reagrupante
o su representante autorizado. - AUTORIZACIONES DE
RESIDENCIA DE MENORES O INCAPACITADOS La solicitud debe ser
realizada por el padre o la madre o el representante legal (no es necesaria la
presencia del menor).
- RESTO DE AUTORIZACIONES La solicitud de cita debe ser
realizada por el ciudadano extranjero o su representante autorizado.
ACCEDER A CITA PREVIA DE EXTRANJERIA POR INTERNET
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